La Corte Constitucional tomó la decisión de suspendier el decreto de emergencia económica apoyando la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien argumentó que el decreto no cumplía con los requisitos de “hechos sobrevinientes” e imprevistos, señalando una posible extralimitación de funciones del Ejecutivo
Esto se produjo tras una votación de 6 a favor y dos en contra.
Esta es una decisión histórica, ya que es la primera vez que la Corte aplica una suspensión provisional (medida cautelar) sobre un decreto de declaratoria de estado de excepción.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, fue uno de los primeros en reaccionar a la suspensión del decreto de emergencia económica y aseguró que la medida desconoce la gravedad de la situación fiscal y social del país. Según explicó, “la declaratoria no respondía únicamente a un déficit fiscal, más egresos que ingresos, sino a un déficit de riesgo”, es decir, a la falta de recursos para cumplir con el pago de la deuda pública, que, afirmó, está estrechamente ligada al sistema de seguridad social.
En ese sentido, Benedetti planteó que el debate de fondo es quién debe asumir el costo de la crisis: si los sectores con mayores ingresos, como proponía el Gobierno a través de la herencia económica, o los sectores más vulnerables, que, advirtió, terminarían afectados por la imposibilidad de ejecutar políticas económicas y sociales. A su juicio, la decisión de la Corte Constitucional termina “protegiendo a los más rico”, en referencia a patrimonios entre los 3.100 y 4.000 millones de pesos”, y calificó lo ocurrido como una decisión injusta frente a la crisis social que enfrenta el país.
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