La Corte Constitucional avaló la reforma pensional, pero devolvió nueve artículos al Congreso para que corrija los vicios de trámite que encontró en esas disposiciones. Con esta decisión, más del 90 % de la Ley 2381 queda en firme.
Entre los artículos avalados está el 76, que permitió la llamada ‘ventana de oportunidad’, mediante la cual alrededor de 150.000 afiliados pudieron trasladarse de régimen pensional.
Ahora, la Cámara de Representantes tendrá 30 días, contados desde la notificación de la sentencia, para volver a tramitar los nueve artículos cuestionados. Este plazo es diferente al utilizado en junio pasado, cuando el Congreso volvió a votar la reforma a partir de la comunicación de la Corte y no de la notificación formal de la sentencia.
Una vez la Cámara cumpla la orden, el presidente de esa corporación deberá enviar un informe a la Corte Constitucional. El alto tribunal será entonces el encargado de determinar si se corrigieron los vicios de procedimiento. Si la Corte da su visto bueno, la reforma pensional entrará completamente en vigencia el 1.° de abril de 2027.
La decisión pone fin, por ahora, a la discusión sobre el trámite de la Ley 2381. La reforma había quedado suspendida en junio de 2025, cuando la Corte encontró un vicio de procedimiento que consideró subsanable y la devolvió al Congreso.
El problema estaba en el último debate de la Cámara de Representantes. En esa oportunidad, los congresistas aprobaron el texto que había salido del Senado sin una deliberación propia, en un trámite que fue cuestionado como un ‘pupitrazo’.
Posteriormente, antes de que la Corte expidiera el auto en el que precisaba cómo debía corregirse ese vicio y garantizar una “debida deliberación”, el Gobierno convocó sesiones extraordinarias para el 27 y 28 de junio. En ellas, la Cámara volvió a discutir y aprobó el articulado que había sido aprobado previamente por el Senado.
La ponencia de la magistrada Paola Meneses, acogida por la Sala, determinó que algunos apartados seguían presentando problemas en su aprobación y ordenó devolverlos al Congreso.
Uno de los elementos centrales que quedó en pie es el sistema de pilares, sobre el cual se estructura la reforma. Este contempla los pilares solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual.
Con la entrada en vigencia del nuevo sistema, 25 millones de colombianos pasarían a cotizar hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones, mientras que los ingresos que superen ese umbral serían administrados por los fondos privados de pensiones que el afiliado elija.
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