En Colombia, el outsourcing, también conocido como tercerización, ha sido durante años una práctica común en empresas del sector privado y público. Aunque en teoría consiste en la contratación de empresas externas para ejecutar tareas o procesos específicos, en la práctica ha generado debates por la delgada línea que separa la prestación de servicios de una relación laboral directa.
El punto de tensión surge cuando trabajadores contratados por un tercero terminan cumpliendo funciones permanentes, bajo subordinación, horarios fijos, y con un jefe directo... pero sin gozar de los derechos laborales que tendría un empleado formal.
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¿Qué es el outsourcing y por qué se utiliza tanto?
El outsourcing es una estrategia empresarial que consiste en delegar ciertos procesos, como seguridad, servicios de limpieza, tecnología o atención al cliente, a compañías especializadas.
Es como subcontratar a un tercero para que realice tareas que no hacen parte del “core” del negocio.
Para las empresas, esta fórmula tiene ventajas: reducción de costos, flexibilidad operativa y eficiencia. Pero para muchos trabajadores, implica inestabilidad, pérdida de beneficios y condiciones laborales más precarias.
¿Y cuándo deja de ser un contrato por prestación de servicios?
Según el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia, una relación laboral se configura cuando existen tres elementos: prestación personal del servicio, subordinación o dependencia, y remuneración. Cuando estos tres se dan, hay un contrato laboral, sin importar cómo se llame en el papel.
El problema ocurre cuando el contrato dice “prestación de servicios”, pero en la realidad, el trabajador cumple horario, recibe órdenes directas de un superior, tiene funciones permanentes y está bajo un sistema disciplinario. Es lo que se conoce como una relación laboral encubierta.
“El hecho de que se facture como independiente no significa que lo sea. Muchos trabajadores viven en la cuerda floja de contratos por prestación de servicios, pero en condiciones que claramente configuran una relación laboral”, explica Andrea Rincón, abogada laboralista y profesora universitaria.
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Una práctica común, pero no siempre legal
En 2021, la Corte Constitucional reiteró que no puede utilizarse el outsourcing como una excusa para vulnerar los derechos laborales, y que debe respetarse la figura del contrato de trabajo cuando las condiciones así lo exijan.
Además, el Ministerio del Trabajo ha sancionado empresas que usan la tercerización para contratar trabajadores de manera informal, especialmente en sectores como vigilancia, salud, call centers y plataformas digitales.
¿Qué dice la ley en Colombia?
La ley no prohíbe el outsourcing, pero pone límites. El artículo 63 de la Ley 1429 de 2010 establece que no puede usarse la tercerización para evadir obligaciones laborales, y que las funciones contratadas deben ser claramente diferenciables del giro principal del negocio.
También es importante tener en cuenta la Sentencia C-614 de 2009, donde la Corte estableció que cuando se demuestra la subordinación y dependencia, se debe reconocer la existencia de una relación laboral, incluso si hay un contrato civil de por medio.
Con la reciente aprobación de la reforma laboral propuesta por el Gobierno Nacional, se busca limitar la tercerización laboral en actividades permanentes de las empresas. La idea es proteger el empleo digno y garantizar que quienes cumplen funciones de planta tengan los derechos que les corresponden.
“El objetivo es cerrar la puerta a la tercerización abusiva y garantizar que quien trabaja como empleado, reciba el trato y los beneficios de un empleado”, explicó en su momento la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
Sin embargo, no todos están de acuerdo. Gremios empresariales advierten que prohibir o limitar el outsourcing podría aumentar los costos y disminuir la competitividad.
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