En la audiencia de lectura del fallo contra Diego Cadena, abogado del expresidente Álvaro Uribe, acusado de soborno a testigos y fraude procesal, el juzgado avaló como legales las interceptaciones telefónicas entre el exmandatario y su defensor.
Durante la extensa lectura del fallo, el juzgado afirmó que existe duda razonable para inferir que hubo la comisión del delito de soborno en actuación penal en el caso del exparamilitar Carlos Enrique Vélez.
“Existe duda razonable en cuanto a su veracidad. Es esa incertidumbre incide no solamente en la configuración del delito de soborno en actuación penal, sino que obviamente trasciende al delito de fraude procesal. En consecuencia, al igual que frente al soborno en actuación penal, surge una duda razonable sobre la configuración del punible de fraude procesal, lo que impone en virtud del principio de presunción de inocencia consagrado en el artículo veintinueve de la constitución política y en el artículo séptimo de la ley nueve cero seis de dos mil cuatro, la emisión de un fallo absolutorio por estos punibles”, señaló el juzgado.
El fiscal Daniel Hernández solicitó al juez 3 penal del circuito de Bogotá un fallo condenatorio, argumentando que las pruebas demuestran la culpabilidad de Cadena. La procuradora delegada, Adalgiza Neira Palacio, respaldó esa posición: “Se probó más allá de toda duda razonable la existencia de los delitos investigados”, afirmó, agregando que también se acreditó la responsabilidad de los acusados.