Pico y Placa Medellín
viernes
2 y 8
2 y 8
El impuesto grava el patrimonio y no las utilidades y si una empresa no las tiene, de dónde paga. La respuesta es el endeudamiento o la venta de activos.
Por Rafael Pardo Rueda - opinion@elcolombiano.com.co.
Sin duda, una de las grandes preocupaciones en la semana que arranca es el impuesto al patrimonio de las empresas, que entra en vigencia el 1 de abril para un primer pago del 50 por ciento. No hay un solo sector o experto en economía que esté de acuerdo con un impuesto que es en la práctica una doble tributación en el marco de una medida extraordinaria.
La medida ha dicho que el Gobierno busca recaudar 6.3 billones de pesos. El Consejo Gremial, en cabeza de Natalia Gutiérrez, advierte sobre un “deterioro económico sin precedentes para el país si la Corte Constitucional no interviene a tiempo”. El empresario Luis Carlos Sarmiento explica que este impuesto está gravando la misma utilidad de nuevo. O sea, doble tributación. Muy delicado. Lo dicen quienes generan el empleo en Colombia y eso no puede seguir siendo desconocido y hasta castigado. Porque incluso algunas empresas deben salir a endeudarse para pagar.
El impuesto grava a las empresas, fundaciones y universidades, incluso con patrimonios improductivos. Rodrigo Torres, director de Valora Analitic explica que castiga a las empresas por su tamaño, con lo cual afecta a las más grandes. Advierte que la obligatoriedad y celeridad del pago no da tiempo siquiera para salir a buscar un crédito. Y recuperar el dinero si la Corte Constitucional tumba el impuesto es un proceso eterno. Torres ha consultado a muchos empresarios, que consideran que están ante un impuesto confiscatorio. Y tienen razón porque puede el derecho a la propiedad.
En mi opinión, esto amenaza el ecosistema productivo del país y resulta inaceptable cuando el gobierno no hace esfuerzos en la reducción de gastos e incluso sigue creciendo. El gasto público supera hoy los 2.6 puntos del producto interno bruto. Hace pocos días se conoció que el Gobierno sigue contratando de manera directa con cabildos y juntas de acción comunal en montos descomunales.
El impuesto grava el patrimonio y no las utilidades, y si una empresa no las tiene, de dónde paga. La respuesta es el endeudamiento o la venta de activos. El impuesto no dio tiempo a las empresas para hacer provisiones ni ajustar presupuestos por la naturaleza extraordinaria de la medida, que es realmente una improvisación por la ausencia de estudios sobre los impactos económicos que se esperaría sean graves, con consecuencias graves en liquidez, presión al sistema financiero, recortes de personal, lo que aumenta el desempleo e inseguridad jurídica para la inversión.