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Cuando la naturaleza golpea con toda su fuerza, la pregunta “¿quién manda?” deja de ser un debate jurídico.
Por Luis Fernando Álvarez Jaramillo - lfalvarezj@gmail.com
Las crisis tienen una virtud incómoda: revelan si un Estado funciona o si simplemente parece funcionar. En tiempos normales, la división de poderes, los procedimientos y las competencias institucionales pueden parecer asuntos técnicos, lejanos al ciudadano común. Pero cuando ocurre una emergencia, la pregunta deja de ser académica y se vuelve urgente: ¿quién manda?
La tragedia que hoy vive Venezuela tras los devastadores terremotos es un ejemplo doloroso. Mientras miles de personas esperan ser rescatadas o recibir atención de emergencia, han surgido cuestionamientos sobre el ingreso de ayuda humanitaria y de equipos internacionales especializados en búsqueda y rescate de víctimas, entre ellos, los Bomberos de Medellín. Más allá de las controversias políticas, el episodio plantea una pregunta que trasciende las fronteras venezolanas: ¿quién decide cuándo y cómo entra la ayuda internacional en medio de una emergencia? Y, sobre todo, ¿qué ocurre cuando las decisiones políticas prevalecen sobre la urgencia humanitaria, mientras cada hora que pasa puede significar la pérdida de más vidas?
En Colombia, esta pregunta no puede responderse desde la improvisación. La Constitución Política dispone que el Presidente de la República dirige el orden público, las relaciones internacionales y, en circunstancias excepcionales, puede declarar estados de excepción con la firma de todos los ministros. Es decir, el orden constitucional colombiano sí prevé que, ante situaciones extraordinarias, exista una autoridad nacional responsable de coordinar la respuesta del Estado.
Pero una cosa es que exista una norma y otra muy distinta es que exista claridad operativa. En una crisis no basta con saber que el presidente tiene la dirección general. También debe estar claro cuál es el papel de los gobernadores, los alcaldes y demás autoridades regionales; la Fuerza Pública, la Cancillería, los organismos de gestión del riesgo, las autoridades sanitarias y las entidades encargadas de coordinar la cooperación internacional. La coordinación no es un lujo administrativo: puede ser la diferencia entre salvar vidas o multiplicar el caos.
Precisamente por ello, el caso venezolano invita a una reflexión que Colombia no debería postergar. Si mañana nuestro país enfrentara un terremoto de grandes proporciones, una emergencia climática o cualquier otra catástrofe nacional, ¿estaría completamente claro quién tiene la competencia para autorizar el ingreso de equipos internacionales de rescate? ¿Existiría una cadena de mando suficientemente coordinada para actuar con rapidez? ¿Podrían las diferencias políticas interferir en decisiones que deberían responder únicamente al interés de proteger vidas?
Las crisis no esperan a que los Estados resuelvan sus vacíos institucionales. Por eso, Colombia debe fortalecer permanentemente sus mecanismos de coordinación, revisar sus protocolos para la recepción de ayuda internacional y garantizar que las competencias de cada autoridad sean conocidas antes de que ocurra la próxima emergencia.
Porque, cuando la naturaleza golpea con toda su fuerza, la pregunta “¿quién manda?” deja de ser un debate jurídico. Se convierte en una cuestión de vidas humanas. Y un Estado verdaderamente preparado es aquel en el que esa respuesta ya está escrita antes de que llegue la crisis.