Solo queda una semana para que finalice la ventana de oportunidad creada por la reforma pensional que permite el traslado entre los regímenes público y privado, o viceversa, para un grupo específico de trabajadores que anteriormente no podía hacerlo bajo la Ley 100.
Esta posibilidad está dirigida a quienes se encuentran a menos de diez años de cumplir la edad de pensión y acreditan un número mínimo de semanas cotizadas.
En el caso de las mujeres, deben tener más de 47 años y haber cotizado al menos 750 semanas. Para los hombres, el requisito es tener más de 52 años y acumular 900 semanas o más.
Entérese: ¿Conviene trasladarse de un fondo privado a Colpensiones? Los riesgos que debe revisar antes de decidir
Andrés Velasco, presidente de Asofondos, hizo un llamado a quienes aún evalúan la posibilidad de cambiar de régimen. “Ojo, quedan pocos días para quienes cumplan con los requisitos mencionados y estén considerando un traslado pensional. Es importante que los interesados revisen los requisitos y tomen la Doble Asesoría para decidir, de forma informada, si les conviene un posible traslado”, afirmó.
¿Cuántos traslados pensionales se han realizado?
La ventana de oportunidad fue incorporada en la reforma pensional para beneficiar a un segmento estimado en cerca de un millón de trabajadores que, bajo las reglas de la Ley 100, ya no tenían la posibilidad de cambiar de régimen.
El mecanismo permanece habilitado desde hace cerca de dos años, luego de que la Corte Constitucional dejara vigente esta posibilidad al suspender la reforma pensional, norma que actualmente volvió a estar bajo revisión del alto tribunal.
Con corte al 15 de junio de 2026, se han registrado más de 272.000 solicitudes de Doble Asesoría y se han concretado 153.392 traslados entre la administradora pública y los fondos privados —Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia— o en sentido contrario.
Según Asofondos, el proceso busca que cada trabajador compare de manera objetiva cómo sería su pensión o la devolución de sus aportes en ambos regímenes antes de tomar una decisión.
Velasco señaló que, de acuerdo con los análisis de la asociación, “a 8 de cada 10 trabajadores les conviene estar en un fondo privado, dado que allí pueden pensionarse con menos semanas o recibir una mejor devolución de su dinero de no lograr los requisitos para una pensión”. Por ello, insistió en que la decisión debe adoptarse después de revisar cuidadosamente los escenarios presentados durante la Doble Asesoría.
¿Cómo hacer el trámite antes del 16 de julio?
Asofondos recordó que el primer paso es verificar si se cumplen los requisitos de edad y semanas cotizadas establecidos para acceder a esta oportunidad excepcional.
Posteriormente, el trabajador debe solicitar la Doble Asesoría tanto a la administradora en la que se encuentra afiliado como a aquella a la que desea trasladarse, ya sea Colfondos, Porvenir, Protección, Skandia o Colpensiones.
Después de la solicitud, cada entidad agenda una llamada con el afiliado. El proceso es gratuito, no requiere intermediarios y tiene como objetivo entregar una proyección sobre el comportamiento de la pensión en cada régimen para facilitar una decisión informada.
Si, tras recibir ambas asesorías, el trabajador decide cambiar de régimen, deberá presentar la solicitud de traslado a más tardar el 16 de julio ante la administradora a la que desea afiliarse. El trámite puede realizarse de forma virtual, a través de la página web de la entidad, o de manera presencial.
¿Qué pasará con quienes ya se trasladaron?
La incertidumbre jurídica alrededor de la reforma pensional sigue siendo uno de los principales factores de preocupación.
Según Izquierdo, aunque la Corte Constitucional mantuvo vigentes los artículos 12 y 76, esto no significa que haya definido la legalidad definitiva de la reforma.
El experto advirtió que, si en el futuro la Corte declara inexequible la Ley 2381 de 2024, podrían surgir cuestionamientos sobre algunas pensiones reconocidas o pendientes de reconocimiento bajo las reglas de la oportunidad de traslado.
Por ello, recomendó que quienes ya realizaron el cambio busquen asesoría especializada para revisar su situación y fortalecer la seguridad jurídica tanto de su afiliación como de su futura pensión.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Quiénes pueden cambiar de régimen pensional antes del 16 de julio?
- Pueden hacerlo los trabajadores que estén a menos de diez años de cumplir la edad de pensión y cumplan los requisitos de semanas cotizadas. Las mujeres deben tener más de 47 años y al menos 750 semanas, mientras que los hombres deben tener más de 52 años y 900 semanas o más.
- ¿Hasta qué fecha se puede solicitar el traslado entre Colpensiones y un fondo privado?
- La solicitud de traslado debe radicarse, como plazo máximo, el 16 de julio ante la administradora a la que el trabajador desea afiliarse. El trámite puede hacerse de manera virtual o presencial.
- ¿Qué es la Doble Asesoría y por qué es obligatoria para cambiar de régimen?
- La Doble Asesoría es un proceso en el que tanto la administradora actual como la entidad a la que el trabajador desea trasladarse presentan una proyección de cómo sería su pensión en cada régimen. Su propósito es que la decisión se tome con información objetiva antes de solicitar el traslado.