Por medio de una decisión judicial, un juez de la República le ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de utilizar su cuenta personal de X, @petrogustavo, así como cualquier recurso, bien o plataforma vinculada a su cargo, para difundir propaganda electoral o mensajes que beneficien o afecten a los candidatos presidenciales.
Esta determinación llega a tan solo días de las elecciones de segunda vuelta. Justamente, en los días posteriores a los resultados de la primera vuelta —y hasta el mismo 31 de mayo—, el presidente Gustavo Petro utilizó su cuenta en redes sociales para desconocer lo que arrojaron las urnas y, según se ha señalado, publicar mensajes que dejan ver una participación presuntamente en política.
La medida provisional fue decretada por el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín al admitir una acción de tutela interpuesta por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas, y estará vigente hasta que el despacho resuelva el caso de fondo.
Esta determinación del juzgado responde a una solicitud de medidas urgentes ante la proximidad de la segunda vuelta presidencial programada para este domingo 21 de junio.
En consecuencia, la decisión judicial prohíbe expresamente al jefe de Estado aprovechar alocuciones oficiales, eventos públicos o escenarios nacionales e internacionales propios de su investidura para emitir opiniones destinadas a influir en la contienda electoral.
Asimismo, la orden le exige a Gustavo Petro evitar declaraciones sobre un supuesto fraude electoral que no cuenten con un respaldo probatorio sólido.
¿De dónde viene la solicitud?
Las publicaciones del jefe de Estado, que en muchas ocasiones contienen largas retahílas que enlazan desde próceres de la independencia hasta sus opiniones para estos comicios presidenciales, son una muestra de las razones por las cuales se tomó esta medida.
Es más, el accionante sustentó su petición mediante un arsenal de publicaciones en medios de comunicación y capturas de pantalla de la red social X que demostrarían cómo el mandatario ha hecho alusiones a la campaña electoral.
El juzgado recordó que estas actuaciones se dieron incluso después de que el Consejo de Estado emitiera un pronunciamiento previo en el que ya le había ordenado al presidente respetar las restricciones de participación en política consagradas en la Ley de Garantías.
Particularmente, el juez determinó que las recientes intervenciones del presidente Petro —incluyendo discursos en escenarios de alto perfil como la Asamblea de las Naciones Unidas— contienen menciones directas e indirectas que rompen el equilibrio de la competencia democrática en el país.
Según el fallo, la proximidad de las votaciones hizo necesario tomar esta decisión y una intervención judicial inmediata para evitar una posible alteración de las condiciones de igualdad entre los aspirantes que buscan llegar a la Casa de Nariño y proteger la libertad de los electores en las urnas.
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