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A días del cambio de Gobierno, Petro deja a Edwin Palma al frente de tres ministerios: Minas, Trabajo y Vivienda

Además de mantenerse como ministro de Minas y Energía, Edwin Palma tendrá que responder por asuntos en las carteras de Trabajo y Vivienda. La decisión fue tomada por el Consejo de Ministros.

  • A seis días de dejar la Casa de Nariño, Petro deja a Edwin Palma con responsabilidades en tres ministerios: Minas, Trabajo y Vivienda. Foto: Ministerio de Minas y Energía.
    A seis días de dejar la Casa de Nariño, Petro deja a Edwin Palma con responsabilidades en tres ministerios: Minas, Trabajo y Vivienda. Foto: Ministerio de Minas y Energía.
hace 3 horas
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A Gustavo Petro le quedan seis días en la Casa de Nariño y, en ese corto margen de tiempo, dejó a Edwin Palma Egea con responsabilidades en tres ministerios. El mandatario designó al actual ministro de Minas y Energía como ministro ad hoc de Trabajo y Vivienda para resolver dos asuntos específicos que quedaron sin titular con competencia para avanzar en esos trámites.

La decisión quedó consignada en el decreto 0905 del 30 de julio de 2026, mediante el cual Palma fue nombrado ministro del Trabajo ad hoc y ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc. Así, durante los últimos días del Gobierno Petro, un mismo funcionario tendrá participación en tres despachos ministeriales.

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¿Por qué Petro nombró a Edwin Palma como ministro ad hoc?

El decreto explica que los nombramientos se producen después de que el Consejo de Ministros, en sesión del 29 de julio de 2026, aceptara dos impedimentos presentados por funcionarios encargados de esas carteras.

En el caso del Ministerio del Trabajo, el documento señala que el Consejo de Ministros “aceptó el impedimento manifestado por el señor ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, para resolver la solicitud de recusación presentada en su contra como Superintendente de Subsidio Familiar encargado”.

Esa recusación fue presentada por Herber Andrés Mantilla Gómez, identificado en el decreto como exdirector administrativo principal y exrepresentante legal de la Caja de Compensación Familiar Comfamiliar Atlántico.

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Frente a este caso, el decreto establece que Palma fue designado “como ministro del Trabajo ad hoc, al señor Edwin Palma Egea, actual ministro de Minas y Energía (...) para resolver la solicitud de recusación presentada en su contra como Superintendente de Subsidio Familiar encargado”.

La segunda designación corresponde al Ministerio de Vivienda. Según el acto administrativo, el Consejo de Ministros también aceptó el impedimento presentado por Ruth Maritza Quedó Fique, ministra encargada de esa cartera, para intervenir en un trámite relacionado con la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA).

El documento señala que el impedimento estaba relacionado con “presidir la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA, en el caso de la expedición del marco tarifario del servicio público de aseo aplicable a los grandes prestadores”.

Por ese motivo, Petro nombró a Palma “como ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio ad hoc (...) para resolver el impedimento presentado por la señora RUTH MARITZA QUEDO FIQUE”.

El Gobierno explicó que estos nombramientos tienen respaldo en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, que establece que cuando un ministro debe apartarse de un asunto por impedimento o recusación, el presidente puede asignar esa decisión a otro ministro del despacho.

El decreto cita esa norma al señalar que “en caso que el ministro recusado, o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio, será el presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del Despacho”.

Sin embargo, la decisión de Petro abre una discusión por el momento en que ocurre: con apenas seis días para terminar su mandato, ¿tendrá Palma el tiempo suficiente para resolver los asuntos específicos que le fueron asignados?

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Aunque el decreto no convierte a Palma en titular permanente de los ministerios de Trabajo y Vivienda, sí lo ubica temporalmente como responsable de tres despachos durante la etapa final del Gobierno Petro. La determinación, además de su alcance jurídico limitado, genera cuestionamientos políticos por la concentración de funciones en un solo funcionario cuando está por producirse el cambio de administración.

¿Qué es un ministro ad hoc? Este es el significado del cargo que asumió Edwin Palma

La expresión ad hoc viene del latín y significa literalmente “para esto” o “para un propósito específico”. En el ámbito jurídico y administrativo, se utiliza para referirse a una persona que es designada de manera temporal y excepcional para resolver un asunto concreto, especialmente cuando el funcionario que normalmente tendría esa competencia debe apartarse por un impedimento, una recusación o una situación que le impide tomar una decisión.

En otras palabras, un funcionario ad hoc no reemplaza de manera permanente al titular del cargo ni asume todas sus funciones, sino que recibe una competencia limitada para actuar únicamente sobre el caso específico que motivó su nombramiento. Una vez se resuelve ese asunto, termina la razón de esa designación especial.

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Bloque de preguntas y respuestas

¿Por qué Edwin Palma fue nombrado ministro ad hoc?
El Gobierno lo designó para asumir dos decisiones puntuales en los ministerios de Trabajo y Vivienda después de que el Consejo de Ministros aceptara los impedimentos de los funcionarios que debían conocer esos trámites.
¿Qué cambia con el nombramiento de un ministro ad hoc?
El funcionario no reemplaza al titular del ministerio ni asume toda la cartera. Solo recibe la competencia necesaria para decidir el asunto concreto que motivó su designación.
¿Qué norma respalda la asignación de múltiples carteras ad hoc en Colombia?
El Gobierno respaldó el nombramiento en el artículo 8 de la Ley 63 de 1923, la cual autoriza al presidente de la República a reasignar expedientes o decisiones específicas a cualquier otro ministro del despacho cuando exista un impedimento aceptado.

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